Declaración de Accesibilidad — Canal de Denuncias | Ebisum Legaltech

Declaración de Accesibilidad

Canal de Denuncias — Ebisum Legaltech S.L.

1. Compromiso y ámbito de aplicación

Ebisum Legaltech S.L. se ha comprometido a hacer accesible su plataforma de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, y con la Ley 11/2023, de 8 de mayo, por la que se transpone la Directiva (UE) 2019/882 (European Accessibility Act).

La presente declaración de accesibilidad se aplica a la aplicación web del Canal de Denuncias.

La directiva europea se basa en la norma EN 301 549 «Requisitos de accesibilidad de productos y servicios TIC», que a su vez es una adaptación de las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web (WCAG 2.1) del W3C.

2. Situación de cumplimiento

Esta aplicación es conforme con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, y con la norma UNE-EN 301549:2022, nivel AA: verificada mediante análisis automatizado y revisión manual de accesibilidad.

3. Preparación de la presente declaración

Fecha de preparación
01/04/2026
Método empleado
Autoevaluación llevada a cabo por la propia entidad.
Herramientas y estándar de referencia
Revisión conforme a UNE-EN 301549:2022 (WCAG 2.1 AA), mediante análisis automatizado.
Última revisión de la declaración
01/04/2026

4. Contenido no incluido en el ámbito de la legislación aplicable

5. Observaciones y datos de contacto

Unidad Responsable de Accesibilidad (URA)

Unidad responsable
Departamento de Desarrollo — Ebisum Legaltech
Correo de contacto
desarrollo@ebisum.com

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018), por ejemplo:

A través de la dirección de correo indicada. Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad de Ebisum Legaltech.

6. Procedimiento de reclamación

Si, una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, esta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos del artículo 12.5 del RD 1112/2018, la persona interesada podrá iniciar una reclamación conforme al procedimiento recogido en el artículo 13 de dicho Real Decreto.

Para clientes del sector público, el procedimiento de reclamación lo tramita el organismo público titular del servicio; Ebisum, como proveedor, colabora aportando la información técnica necesaria.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Puedes revisar nuestra Política de Privacidad aquí